
El número de desplazamientos por las carreteras españolas se ve especialmente incrementado durante la época estival. En dicha estación se aglutinan diversas ‘operaciones salida’ que generan una afluencia de tráfico más elevada de lo habitual, por lo que seguir la normativa vial para garantizar nuestra seguridad es fundamental.
Organismos como la Dirección General de Tráfico (DGT) emplean diversas medidas para asegurarse de que los diversos usuarios de la vía no ponen en riesgo su integridad ni la del resto de presentes. En este sentido, una de las infracciones más frecuentes es el exceso de velocidad, problemática que suelen paliar mediante sistemas avanzados. Los radares son uno de los más populares.
Estos registran la velocidad de cada vehículo que recorre el tramo en el que están dispuestos. En caso de detectar una velocidad fuera de los límites, advierten a las autoridades competentes para la imposición de una sanción al infractor en cuestión. No obstante, dichos dispositivos cuentan con un margen de acción en favor de los conductores.
Margen de los conductores
Los radares no sancionan a todos los propietarios de vehículos que rebasen la velocidad permitida, contando con ligero límite por encima, dependiendo del tipo de aparato. En el caso de los radares fijos, estos notificarán a los conductores que circulen a partir de una velocidad 5 kilómetros por hora superior a la establecida en dicha localización si esta es inferior a 100 kilómetros por hora.
FUENTE: Web El Confidencial.






