
Medio año después de que la Dirección General de Tráfico estableciese la obligatoriedad de la baliza V16, seguimos respondiendo desde 20 Minutos a consultas de los usuarios de la vía acerca de esta luz de emergencia.
Si bien es cierto que cada vez da menos que hablar, millones de conductores españoles aún no la han comprado, por lo que los agentes de tráfico podrían multarlos con 80 euros en caso de no utilizar su baliza homologada. Sin embargo, los conductores que ya la tienen deben saber que, activando el dispositivo, la DGT no podría multarlos pese a revelar la posición de encendido.
¿Por qué la DGT no puede multarme si activo la V16?
Desde la Dirección General de Tráfico confirmaron en todo momento que no existe una base legal para interponer sanciones utilizando los datos de conectividad de estos dispositivos. Cualquier intento de sanción carecería de valor legal, ya que la normativa no contempla el uso de esta información con fines punitivos.
Además, el sistema luminoso conectado a la DGT 3.0 garantiza el anonimato total del usuario. Las autoridades de tráfico subrayan que la señal emitida es completamente anónima y no está vinculada a ninguna matrícula, DNI o identificación personal o vehicular de ningún tipo.
Además, esta es la forma de que el dispositivo cumpla con la normativa española de protección de datos, ya que la baliza solo advierte de la presencia de un vehículo detenido sin identificar quién es el propietario o el conductor. Por tanto, aunque el ente regulador del tráfico reciba datos técnicos como la ubicación y la velocidad del dispositivo al encenderse, no posee ni la capacidad técnica ni la legal de asociar esa información a un infractor concreto.
FUENTE: Web 20 minutos






