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Confirmado por la DGT: Los nacidos antes de 1956 deben renovar antes su carné de conducir, pero quedan exentos de pagar las tasas

El carné de conducir es fundamental para garantizar la autonomía de las personas mayores. En España, no existe límite de edad para seguir conduciendo, siempre que los conductores superen el reconocimiento médico pertinente. Ahora bien, la Dirección General de Tráfico (DGT) establece un menor periodo de vigencia del permiso y aumenta la frecuencia de las revisiones para los mayores de 65 años.

Así, el periodo de vigencia de los permisos de motocicleta y coche —AM, A1, A2, A, B y licencias de conducción— es de diez años y, para los carnés profesionales de camión y autobús —C, C1, D, D1, EC, EC1, ED, ED1—, de cinco años. A partir de los 65 años, las renovaciones se realizarán cada cinco y tres años, respectivamente.

¿Cada cuántos años se renueva el carné de conducir?

El carné de conducir se puede renovar desde tres meses antes a su fecha de caducidad. Para la renovación se debe acudir a un Centro de Reconocimiento de Conductores autorizado por la DGT. El centro cobrará el importe del psicotécnico, además de la tasa de tráfico para la renovación del permiso (24,58€). Solamente los mayores de 70 años están exentos del pago de esta tasa.

Los criterios que se evalúan para renovar el carné de conducir son los mismos a cualquier edad. No obstante, si durante el reconocimiento médico se detecta una enfermedad o deficiencia que, si bien en el momento no impide la renovación, es susceptible de agravarse, el periodo de validez será menor. En estos casos, la tasa de renovación se reducirá proporcionalmente.

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FUENTE: Web Diario de Sevilla.

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